La Constitución mexicana de 1917 se caracteriza, entre otras cosas, por ser la primera de la historia que incluyó derechos sociales. Esta carta magna establece el conjunto de principios fundamentales sobre los cuales se edifica la organización política y administrativa de los Estados Unidos Mexicanos.
Está fundada sobre los ideales del gobierno representativo, el sistema federal, la separación de poderes, la declaración de derechos, la soberanía popular y la supremacía del Estado sobre la Iglesia.
Esta Constitución, a diferencia de su antecesora promulgada en 1857 –caracterizada por ser de corte neutral–, establece un enfoque filosófico en donde el gobierno asume como obligación moral representar un rol activo en la promoción del bienestar social, económico y cultural del pueblo mexicano.
En su momento fue tomada como modelo para constituciones de otros países, como la Constitución rusa de 1918 y la Constitución de Weimar de 1919.
Fue promulgada el 5 de febrero de 1917, y aunque ha experimentado varias reformas desde entonces, es la que se mantiene vigente en el país hasta la actualidad.
El primer lunes de febrero de cada año se conmemora y celebra su promulgación como una de las fechas patrias de México.
Características principales de la Constitución mexicana
1. Está organizada en 136 artículos
Esta Constitución posee un total de 136 artículos, que se dividen en dos grandes grupos: la parte dogmática y la parte orgánica.
En la parte dogmática, que en la Constitución mexicana abarca los primeros 38 artículos, se establecen los derechos y las libertades de todos los ciudadanos mexicanos.
Está integrada por el Título Primero, dentro del cual se encuentran los derechos, deberes y libertades ciudadanas, repartidos en cuatro capítulos de la siguiente forma:
– Capítulo I: De los Derechos Humanos y sus Garantías, artículos 1 al 29. Dentro de este capítulo se encuentran, entre otras cosas, los derechos a la educación y a la salud, las libertades de prensa, expresión, tránsito, asociación y libre culto. De igual forma, se establece la garantía al debido proceso y a una justicia imparcial.
– Capítulo II: De los Mexicanos, artículos 30 al 32. Aquí se encuentran los lineamientos referentes a la nacionalidad y a las obligaciones de los ciudadanos.
– Capítulo III: De los Extranjeros, artículo 33.
– Capítulo IV: De los Ciudadanos Mexicanos, artículos 34 al 38. En él se establece lo referente a la ciudadanía mexicana, la pérdida de la nacionalidad y los derechos ciudadanos.
Por otro lado, la parte orgánica abarca desde el Título Segundo hasta el Título Noveno, en los cuales se establece todo lo relacionado con la organización de los poderes públicos, sus competencias y a la forma de gobierno federal.
2. Da al país la forma de una república representativa, democrática y federal
En el artículo 40 se establece que el pueblo mexicano se constituye en una república representativa, democrática y federal, con las siguientes características:
– La Federación está conformada por 32 estados (artículo 43).
– El Poder Público de la Federación se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y ninguno de ellos puede unirse bajo el mando de una sola persona (artículo 49). Los miembros del Congreso General y el Presidente son electos de forma universal, directa y secreta.
– El Poder Legislativo se deposita en un Congreso General que se divide en dos cámaras: la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores (artículo 50).
– El Poder Ejecutivo es ejercido por un solo individuo, electo directamente, denominado presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El período presidencial es de 6 años (artículos 80, 81 y 83).
– El Poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia (artículo 94).
– La base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los estados es el municipio. Estos son administrados por un ayuntamiento de elección popular y directa (artículo 115).
3. Prohíbe la reelección presidencial
El artículo 83 de la Constitución establece que bajo ningún motivo y en ningún caso, el ciudadano que haya ejercido la función de presidente de la República podrá volver a ejercer ese cargo.
4. Establece un Estado laico
La Constitución mexicana, basándose en el respeto a la libertad de culto imperante en el país, establece en su artículo 3 que la educación impartida por el Estado se mantendrá completamente ajena a cualquier doctrina religiosa, se sostendrá únicamente sobre los resultados del progreso científico, y luchará contra la ignorancia, la servidumbre y el fanatismo de cualquier tipo.
Por otra parte, en el artículo 5, se prohíbe el establecimiento de órdenes monásticas debido a que el Estado no puede permitir que se efectúe ningún contrato, pacto o convenio que signifique el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona, tanto por causa de voto religioso, como de educación o trabajo.
5. Establece la pena de muerte de manera regulada
En el artículo 22, la Constitución mexicana establece la pena de muerte en el país de manera regulada.
La prohíbe expresamente para los casos de delitos políticos, y prohíbe los azotes, mutilación, infamia, marcas, palazos y tormento de cualquier especie como formas de condena de cualquier tipo.
En cambio, reduce la pena de muerte únicamente a delitos de Traición a la Patria dentro del contexto de una guerra extranjera, de premeditación, al plagiario, al incendiario, al pirata, a reos de delitos graves del orden militar, al salteador de caminos y en casos de homicidio con alevosía y parricidio.
6. Establece la libertad de porte de armas
En el artículo 10 se establece que los habitantes de los Estados Unidos de México tienen el derecho a poseer y utilizar armas en su domicilio con el fin de protegerse y garantizar su legítima defensa.
Sin embargo, la posesión de armas está regulada por la ley, en donde se establece un conjunto de condiciones, requisitos y límites al uso y porte de armas por parte de los ciudadanos.
Uno de ellos es que los ciudadanos no pueden poseer armas reservadas para el uso exclusivo de las fuerzas militares de la nación.
7. Enfatiza la igualdad ante la ley entre el hombre y la mujer
En el artículo 4, esta Constitución establece que la mujer y el hombre son iguales ante la ley, y, por tanto, a ambos debe garantizárseles plenamente el goce de sus derechos y deberes, sin ningún tipo de discriminación.
Referencias
- Constitución Política de los Estados Mexicanos. Recuperado de bicentenario.gob.mx
- Constitución política de los Estados Unidos Mexicano. Recuperado de es.wikipedia.org.